TEMA 3.3 GUARDIA CIVIL. REAL DECRETO 179/2005

Se actualiza por el Real Decreto 67/2026

¿Qué ha traído este real decreto? -> 1 artículo nuevo y la modificación de otro ya existente.

Artículo 3. Bis (NUEVO) Principios de la acción preventiva.

Las medidas a desarrollar en orden a promover las condiciones de seguridad y salud en el ámbito de las funciones propias del Cuerpo de la Guardia Civil se inspirarán en los siguientes principios generales:

a) Evitar los riesgos.

b) Evaluar los riesgos de imposible o muy difícil evitación.

c) Combatir los riesgos en su origen.

d) Adaptar el puesto al personal del ámbito de aplicación, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos, con objeto de reducir los posibles efectos negativos del trabajo en la salud.

e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.

f) Priorizar la protección colectiva sobre la individual.

g) Estimular el interés de su personal por la seguridad y la salud en el trabajo a través de adecuados mecanismos de formación e información.

h) Elegir los medios y equipos de trabajo más adecuados, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, sustituyendo, siempre que sea posible por la naturaleza y circunstancias de los servicios a realizar, los que entrañen más riesgos por otros que supongan poco o ninguno.

i) Incorporar a los métodos y procedimientos generales de trabajo, así como, siempre que ello sea posible, a los dispositivos de servicios específicos, las previsiones más adecuadas, en orden a la salvaguarda de la seguridad y salud de su personal.

j) Dar las debidas instrucciones a su personal.

PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA
Evitar los riesgosEvaluar los riesgos imposibles o difíciles de evitar
Combatir en su origenAdaptar el puesto al personal
Tener en cuenta evolución técnicaPriorizar protección colectiva
Estimular interés en la salud y seguridadElegir medios y equipos más adecuados
Incorporar las previsiones más adecuadasDar las debidas instrucciones al personal

Artículo 6 -> Ha tenido cambios en su redacción.

Sujeto protegidoAHORA es el personal de la guardia civil (anteriormente era miembros de la guardia civil)
Carácter de la vigilancia de la saludPeriódica (antes era periódica y voluntaria).
Obligatoriedad de los reconocimientos¿Pueden ser obligatorios? SI, pero lo determinan las asociaciones profesionales más representativas según cauce de participación de la ley 29/2014.
Quién realiza los reconocimientosSanidad de la Guardia Civil o, en su defecto, un servicio de prevención ajeno.
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